Informe Artículo 35 Ley 24.522
Legajo Nº: 11
1. ACREEDOR
1.1.Apellido y Nombre o Denominación:
- - - BAGUI S.A..
1.2.Tipo y número de documento de identidad personal o fiscal:
- - - CUIT 30-69285761-1.
2. DOMICILIO
2.1.Real:
- - - Raúl Scalabrini Ortiz 1033
- - - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2.2.Constituido en la jurisdicción del Tribunal:
- - - Av. Corrientes 1309 Piso 5º Of. "13".
3. MONTO RECLAMADO
- - - El solicitante reclama la verificación
de los importes que, con sus respectivos privilegios, se detallan en “5.”
siguiente.
4. CAUSA INVOCADA
- - - El insinuante invoca que su crédito
tiene causa en:
Deuda por la Provisión de insumos para la Instalación de Dispositivos.}
5. PRIVILEGIO Y
GARANTIAS INVOCADOS
- - - El reclamante solicita se le reconozcan los
montos, monedas y privilegios que se detallan a continuación.
Insinuado |
||
Privilegio |
Moneda |
Importe |
Quirografario | Pesos |
7.986,56 |
Arancel Art. 32 LCQ | Pesos |
50,00 |
Total insinuado en Pesos | 8.036,56 |
|
Total insinuado en Dólares | 0,00 |
6. INFORMACION OBTENIDA
- - - La información obtenida por la sindicatura
fue la siguiente:
6.1. Obtenida de la concursada:
6.1.01. Legajo conformado por la documental establecida por los artículos
32, 33, y 34 LCQ, identificado con el número 11.
6.2. Obtenida de la insinuante:
- - - Los documentos que se detallan a continuación:
Solicitud de verificación de crédito.
Poder Especial.
Asimismo, los documentos que se detallan a continuación, y, en su caso, los libros y registros de la solicitante y/o la concursada según se consigna:
Banco Nro. Fecha Importe Vencimiento Credicoop 29694308 30/01/2004 7.746,42 05/03/2004 7.746,42
ComprobanteTipo Nro. Fecha Importe Vencimiento Factura A 0001-00086290 21/01/2004 7.746,4221/01/2004 7.746,42
Tipo Nro. Fecha Remito 0001-00017895 21/01/2004
7. DENUNCIA DEL
CRÉDITO POR PARTE DE LA CONCURSADA:
- - - Si, el insinuante ha sido denunciado por
la concursada en la oportunidad establecida por el artículo 11 LCQ, por
el importe que se expone a continuación, destacándose que ha omitido
consignar el privilegio correspondiente al mismo: $ 7.746,42
8. OBSERVACIONES EFECTUADAS (ART. 34 LCQ):
- - - No, el presente acreedor no ha sido observado
en los términos del artículo 34 LCQ.
9. OPINION DE LA SINDICATURA
9.1. Sobre la procedencia del crédito:
- - - Conforme ha sido expuesto con anterioridad,
la concursada ha denunciado al presente acreedor por los importes y privilegios
informados en “7.”. Por su parte, éste ha solicitado la verificación
de los importes detallados en “5.” con fundamento en la causa consignada
en “4.”.
- - - En virtud de la tarea realizada, la que ha
consistido en la compulsa de los elementos detallados en “6.” precedente,
y en congruencia con:
A) Los Estados Contables de la concursada presentados en la oportunidad establecida
en el Art. 11 LCQ, los que cuentan con dictamen de contador publico independiente
sin salvedades,
B) La denuncia del crédito en tales términos por la concursada,
y
C) La inexistencia de observaciones a la presente solicitud (Art. 34 LCQ), es
opinión de esta sindicatura que han quedado suficientemente acreditadas
la causa, el monto, el privilegio, y la valuación pretendidos por el
acreedor.
Por tal motivo, estos funcionarios aconsejan a V. S. declarar verificada la
pretensión bajo tratamiento, por los importes y privilegios que se detallan
en el acápite “9.2.” siguiente.
9.2. Conclusión:
- - - En virtud de todo lo manifestado, esta sindicatura
aconseja a V. S. declarar a la insinuación presentada por PROVINCIA A.R.T.,
tal como a continuación sintéticamente expone:
Se
aconseja a V. S. declarar Verificado: |
||
Privilegio |
Moneda |
Importe |
Privilegio General Art. 246 inciso 2 LCQ | Pesos |
34.267,99 |
Quirografario | Pesos |
1.076,50 |
Arancel Art. 32 LCQ | Pesos |
50,00 |
Total aconsejado como Verificado en Pesos | 35.394,49 |
Se aconseja declarar Inadmisible | 0,00 |
Aguilar Pinedo, Rascado Fernández & Asociados
C.P.C.E.C.A.B.A. To. 2 Fo. 47
Carlos A. Aguilar Pinedo
Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. To. 103 Fo. 136
Socio